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Medidas para evitar sumarios sanitarios por quejas de tus clientes

Algunas medidas que te permitirán disminuir las quejas de tus clientes y evitar sumarios sanitarios están directamente relacionadas con la presentación personal de los manipuladores de alimentos:

  1. Uso correcto del uniforme: Una de las principales quejas de los clientes es la presencia de pelos en la comida, por lo tanto, es fundamental reforzar a los manipuladores de alimentos el uso adecuado del gorro o cofia, asegurando que quede todo el cabello dentro de ella. Lamentablemente, debido al agitado movimiento que se tiene en este tipo de trabajos, en muchas ocasiones la cofia se corre y no cumple su función.  Existen empresas dedicadas a diseñar uniformes y gorros que permiten cumplir con una buena presentación personal y adicional a ello evitan la caída de cabellos.
  2. Prohibición del uso de joyas u objetos personales: Los anillos, aros, relojes, broches, etc., pueden caer sobre los alimentos generando una contaminación física la que puede producir cortes, hemorragias internas y/o ahogos a tus clientes, por ello, se hace estrictamente necesario su prohibición en la áreas de elaboración o envasado de alimentos. Además, son excelentes trampas de partículas de alimentos y suciedad, las que pueden albergar bacterias perjudiciales para la salud.
  3. Prohibición del uso de perfume: Adicional a lo anterior, te recomendamos establecer como norma interna el “No uso de perfumes o exceso de maquillaje”, ya que los aromas de los perfumes son volátiles y por ello se pasan fácilmente al alimento, y el exceso de maquillaje, sobre todo el rimel,  ya que facilita que las pestañas caigan sobre los alimentos que se preparan.

 

Otros beneficios al cumplir con lo descrito anteriormente:

Estas medidas te permitirán cumplir con el Reglamento Sanitario de Los Alimentos, específicamente con el  Art. 56 en el que se menciona “Los manipuladores deben mantener una adecuada limpieza personal y usar ropa acorde a sus funciones”. Recuerda que este artículo y otros son fiscalizados por los funcionarios de la Seremi de Salud para verificar el cumplimiento de las BPM (Buenas Prácticas de Manufactura).

 ¿Que fiscaliza la Seremi de salud en este artículo?

Los manipuladores deben usar delantal o ropa protectora limpia y de color claro, idealmente blanco. Además, debe usar cofia o gorro que cubra la totalidad del cabello y usar mascarilla (cuando manipule alimentos LPC).

No deberán usar objetos de adorno como collares, aros, ni anillos, debiendo mantener las uñas de las manos cortas, limpias y sin barniz.

 

Tips para evitar que caiga el pelo sobre los alimentos:

  1. En el caso de tener el cabello largo, debe amarrarlo antes de colocarse el gorro o la cofia.
  2. Colóquese el gorro o la cofia antes del uniforme, así evitará que el pelo que se suelte quede sobre su uniforme.
  3. Asegúrese, frente a un espejo, que todo el cabello quedó dentro del gorro o cofia.
  4. Nunca se cepille el cabello con el uniforme puesto.

 

IMPORTANTE!: Un aspecto que debe cumplir un local de elaboración de alimentos para mejorar su competitividad, fortalecer la confianza de los clientes y cumplir con la normativa legal en Chile es tener correctamente implementado un Sistema de Control de Calidad Sanitaria basado en las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), debido a que este garantiza la inocuidad y calidad de los productos, reduciendo el riesgo de contaminación y desperdicios (https://www.consultoraserpyme.cl/nuestros-servicios/manual-de-buenas-practicas-de-manufactura/)
Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Sanitario de los Alimentos, todo local de elaboración de alimentos que expenda productos alimenticios envasados debe rotularlos con su información nutricional (www.etiquetadonutricional.cl)

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Las luminarias son un riesgo de contaminación

La Seremi de Salud prohíbe la instalación de ampolletas y tubos florescentes en las áreas de elaboración, preparación o envasado de alimentos, debido a que éstas pueden estallar y los trozos de vidrio pueden caer sobre los alimentos, generando riesgos de cortes o hemorragias internas a los consumidores.

Por lo anterior, si quieres proteger tu negocio deberás asegurar la elaboración de alimentos inocuos o sanos (libre de contaminantes físicos). Para ello, te recomendamos verificar que las luminarias que están suspendidas sobre el material alimentario en cualquiera de las fases de producción, deben contar con una protección que cubra el tubo o la ampolleta, según corresponda, evitando la contaminación de los alimentos en caso de quiebre o estallido.

En la siguiente imagen podrás observar los tubos fluorescentes permitidos en estas áreas.

También se acepta el uso de luminarias led, siempre y cuando su material sea anti-estallido.

 

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Termómetro

¿Sabías que el control de la temperatura interna de los alimentos durante la cocción es una exigencia legal?

El control de la temperatura interna de los alimentos durante la cocción es una exigencia legal ya es un factor importante para la seguridad alimentaria. Es importante saber que, aunque la temperatura marcada en el horno sea la correcta, para la eliminación de microorganismos patógenos (que causan infecciones o intoxicaciones alimentarias), el control de la temperatura interna de los alimentos es variable en función de la marca y tipo de horno que se esté utilizando, como del alimento.

La única forma de saber exactamente la temperatura interna de un alimento es con un termómetro, más concretamente con un termómetro de pincho que permita medir directamente el nivel del calor que logra el centro del alimento. De acuerdo con lo establecido por las BPM.

¿Qué es la seguridad alimentaria?: Es asegurar que el alimento no causará una enfermedad o lesión al consumidor. En el caso del control interna de la temperatura de los alimentos es que permite determinar con exactitud si un alimento ha alcanzado la temperatura adecuada de seguridad que garantiza la eliminación de bacterias patógenas (bacterias que producen enfermedades al consumidor, por ejemplo, Salmonella, S Aueus, E. coli).

 

Otros usos: Adicional a lo anterior, los termómetros de pincho también se utilizan para:

  1. Controlar la temperatura de las materias primas en la recepción.
  2. Contrastar la temperatura interna de las vitrinas de refrigeración o congelación en la que se preservan los alimentos perecibles.
IMPORTANTE!: Un aspecto que debe cumplir un local de elaboración de alimentos para mejorar su competitividad, fortalecer la confianza de los clientes y cumplir con la normativa legal en Chile es tener correctamente implementado un Sistema de Control de Calidad Sanitaria basado en las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), debido a que este garantiza la inocuidad y calidad de los productos, reduciendo el riesgo de contaminación y desperdicios (https://www.consultoraserpyme.cl/nuestros-servicios/manual-de-buenas-practicas-de-manufactura/)
Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Sanitario de los Alimentos, todo local de elaboración de alimentos que expenda productos alimenticios envasados debe rotularlos con su información nutricional (www.etiquetadonutricional.cl)

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¿Sabes qué debe llevar la etiqueta de un alimento envasado en Chile?

Según lo establecido en el artículo 107 D.S. 977/96 todos los productos alimenticios que se almacenen, transporten o expendan envasados deberán llevar un rótulo o etiqueta que contenga la información siguiente:

Nombre del alimento. El nombre deberá indicar la verdadera naturaleza del alimento en forma específica. Sin perjuicio del nombre podrá indicarse su marca comercial. Junto al nombre o muy cerca del mismo, deberán aparecer las palabras o frases adicionales necesarias para evitar que se induzca a error o engaño respecto a la naturaleza y condición física auténtica del alimento, que incluyen.

Contenido neto:  Expresado en unidades del sistema métrico decimal o del sistema internacional, mediante el símbolo de la unidad o con palabra completa. No deberá acompañar a los valores del contenido neto ningún término de significado ambiguo.Además de la declaración del contenido neto, en los alimentos envasados en un medio líquido deberá indicarse en unidades del sistema métrico decimal o del sistema internacional, el peso drenado del alimento.

Identificación del fabricante: En el caso de los alimentos nacionales, el nombre o razón social y domicilio del fabricante, elaborador, procesador, envasador o distribuidor, según sea el caso.

País de origen: Por ser un producto nacional se debe indicar en forma clara: “Producto Chileno”.

Resolución sanitaria: Número y fecha de la resolución y el nombre del Servicio de Salud que autoriza el establecimiento que elabora o envasa el producto o que autoriza su internación.

Fecha de elaboración o fecha de envasado del producto: Esta deberá ser legible, se ubicará en un lugar del envase de fácil localización y se indicará en la forma y orden siguiente:

– el día, mediante dos dígitos

– el mes, mediante dos dígitos o las tres primeras letras del mes, y

– el año, mediante los dos últimos dígitos.

En aquellos productos cuya duración mínima sea menor o igual a 90 días, podrá omitirse el año. En aquellos productos cuya duración mínima sea igual o mayor a tres meses, podrá omitirse el día.

La industria podrá identificar la fecha de elaboración con la clave correspondiente al lote de producción. En este caso los registros de esta última deberán estar disponibles en todo momento a la autoridad sanitaria.

Fecha de vencimiento o plazo de duración del producto: Esta información se ubicará en el envase en un lugar fácil de localizar y con una leyenda destacada. La fecha de vencimiento se indicará en la forma y orden establecido para la fecha de elaboración. El plazo de duración se indicará en términos de días o de meses o de años, según corresponda, utilizando siempre unidades enteras, a menos que se trate de “duración indefinida”, caso en el cual deberá consignarse dicha expresión.

Ingredientes: En el rótulo deberá figurar la lista de todos los ingredientes y aditivos que componen el producto, con sus nombres específicos, en orden decreciente de proporciones, con la excepción correspondiente a los saborizantes/aromatizantes, de acuerdo a lo establecido en el artículo 136 del Reglamento Sanitario de los Alimentos.

Cuando el alimento, ingrediente o derivado sea o contenga alguno de los causantes de hipersensibilidad (alérgenos alimentarios) reconocidos oficialmente por resolución del Ministerio de Salud, publicada en el Diario Oficial, el o los alérgenos deberán señalarse en la misma lista de ingredientes, con letra de tamaño igual o mayor a las letras de los ingredientes generales, o bajo el título «Contiene…» u otro similar. Si el ingrediente es un derivado de cualquiera de los alérgenos reconocidos por la citada resolución, deberá rotularse el ingrediente y además el alérgeno, como el ejemplo siguiente: caseína (leche) o caseína de leche.

Si el producto alimenticio tiene riesgo de contaminarse, desde la producción o elaboración hasta la comercialización, con los citados alérgenos, se deberá incluir a continuación de la lista de ingredientes, cualquiera de las siguientes frases: «Puede contener…», «Contiene pequeñas cantidades de …», «Contiene trazas de …» o «Elaborado en líneas que también procesan»; indicando el alérgeno de que se trate.

Aditivos: se debe indicar en el rótulo la incorporación de aditivos, en orden decreciente de concentraciones, con sus nombres específicos, con las excepciones indicadas en el título correspondiente. Se debe incluir en la lista de ingredientes todo aditivo alimentario que haya sido empleado en las materias primas y otros ingredientes de un alimento, y que se transfiera a éste en cantidad suficiente para desempeñar en él una función tecnológica.

Información nutricional: de acuerdo a lo establecido en el artículo 115 del Reglamento Sanitario de Los Alimento (Ley 20.606).

¿Quieres saber si los sellos de advertencia que están en tu etiqueta están bien declarados, para cumplir con la Ley 20.606? Te invitamos a visitar el siguiente artículo: https://www.consultoraserpyme.cl/guia-para-la-declaracion-de-los-sellos-altos-en/

Instrucciones para el almacenamiento: Además de la fecha de duración mínima se debe indicar en la etiqueta las condiciones especiales que se requieran para la conservación del alimento, si de su cumplimiento depende la validez de la fecha de duración mínima. En caso de que, una vez abierto el envase, el producto necesite de refrigeración u otro ambiente especial, deberá también señalarse en la rotulación.

Instrucciones para su uso, el rótulo debe contener las instrucciones que sean necesarias sobre el modo de empleo, incluida la reconstitución, si es el caso, para asegurar la correcta utilización del alimento.

En el caso de los productos importados, el nombre y domicilio del importador. El importador estará obligado a mantener un registro de todas las partidas internadas al país, por un plazo mínimo de 90 días posteriores a la fecha de vencimiento o del plazo de duración del producto, según corresponda. Los alimentos de duración indefinida deberán mantener el registro, al menos, durante tres años. Este registro deberá incluir los antecedentes de la destinación aduanera, los antecedentes sanitarios del producto, la autorización de uso y consumo, las claves de los lotes de producción o fechas de elaboración, la fecha de vencimiento, el país de origen, tipo de producto, la marca comercial, el nombre del proveedor extranjero y estará, en todo momento, a disposición de la Autoridad Sanitaria. La clave del lote de producción o la fecha de elaboración deberá, además, estar estampada en el envase, permitiendo distinguir, inequívocamente, las distintas partidas o lotes de producción. Los alimentos importados deberán cumplir con todas las demás normas de etiquetado vigentes en aquello no expresamente regulado en este literal. La autorización de internación y consumo se efectuará partida por partida, quedando, por lo tanto, sujetos a todos los controles que la Autoridad Sanitaria deba realizar conforme a lo dispuesto en el presente reglamento.

El alimento y/o materia prima para consumo humano, modificados por medio de eventos biotecnológicos, que presenten características nutricionales distintas, a las del alimento y/o materia prima convencional, deberá hacer mención de ellas en el rótulo, de acuerdo a lo establecido en los artículos 113 y 115 al 120 del Reglamento Sanitario de Los Alimentos.

Fuente:  Artículo 107 del Reglamento Sanitario de Los Alimentos. 

 

¿Quieres conocer el listado de alérgenos normados para Chile? Te invitamos a revisar el siguiente artículo: https://www.consultoraserpyme.cl/que-alimentos-se-clasifican-como-alergenos-en-chile/

 

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¿Qué es la contaminación alimentaria?

Cuando se detecta la presencia de cualquier materia anormal en el alimento que comprometa su calidad o inocuidad para el consumo humano, se denomina contaminación alimentaria.

Es decir, esta contaminación, produce un cambio de la composición normal del alimento, ya sea por la transformación de sus componentes o por presencia de compuestos nocivos.

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¿Qué es un alimento inocuo?

“Es aquel alimento que no será causa de una lesión o un daño al consumidor”

Por lo anterior, se busca alcanzar alimentos libres de contaminantes, tanto físicos, químicos o biológicos con el objetivo de que no representen riesgos para la salud de las personas que lo consuman.

Existen 3 tipos de contaminación: física, química y biológica.

A continuación, se explica cada una de ellas:

Física: Se produce como consecuencia de algún proceso tecnológico inadecuado, o simplemente por descuido del manipulador de alimentos.  En este tipo de contaminación es frecuente encontrar objetos extraños como vidrios, piedras, alambres, materiales de empaque, objetos personales (aros, anillos, collares) y los implementos de limpieza (esponja, trapos, fibras, etc.). La presencia de materiales como vidrios, madera, piedras, aislantes, plásticos y efectos personales, pueden conducir a cortes, ahogos, hemorragias y otras lesiones a las personas.

Química: Se produce como consecuencia de algún proceso tecnológico inadecuado por contacto con sustancias químicas como metales pesados, tóxicos ambientales, plaguicidas, etc. La contaminación química es difícil de eliminar y tiene tendencia a acumularse en los organismos que consumen dichos alimentos, con el consecuente riesgo toxicológico.

Biológica: La contaminación biológica procede de seres vivos, tanto microscópicos
como no microscópicos.
La contaminación que más preocupa, sobre todo por sus repercusiones toxicológicas, es la contaminación microbiológica por bacterias, hongos, virus y parásitos.

 

Bacterias: Las bacterias son seres vivos generalmente unicelulares. Muchas veces juegan un papel importante en la naturaleza y en el hombre. Por ejemplo, existen bacterias que son parte de la flora intestinal normal del ser humano y que es indispensable para el sistema inmunológico, también existen bacterias que se utilizan para la elaboración de productos alimenticios, como productos lácteos. Pero, lamentablemente, existen bacterias que resultan ser patógenas, es decir, pueden generar enfermedades a las personas y suelen ser una de las principales causas de enfermedades humanas, destacando las intoxicaciones alimentarias, intoxicaciones provocadas por consumo de alimentos que pueden estar contaminados por una mala manipulación.

 

Virus: Los virus, al igual que las bacterias, son microscópicos, pero estos sólo pueden multiplicarse dentro de las células de otros organismos, y tienen una alta capacidad infectiva. Llegan a los alimentos, normalmente por contaminación fecal. Un manipulador de alimentos que tenga falta de higiene también puede provocar contaminación.

Hongos: Los hongos son microorganismos con un nivel de complejidad biológica superior al de las bacterias; representan un grado mayor de diferenciación. Los hongos se pueden clasificar en mohos y levaduras. Existen mohos y levaduras que son inofensivos e incluso se utilizan para la elaboración de diversos alimentos, por ejemplo, la levadura para hacer el pan (Sacharomyces cerevisiae).

 

¿Qué recomendamos a los emprendedores o empresarios de la Industria Alimentaria?

Ya seas una mipyme (micro, pequeña o mediana empresa) o gran empresa, debes implementar un Sistema de Calidad Sanitaria para principalmente evitar riesgos de contaminación cruzada en los alimentos que vas a producir, con la finalidad de elaborar alimentos inocuos a tus clientes (que no produzcan enfermedades o lesiones a los consumidores). A las micro y pequeñas empresas el Ministerio de Salud de Chile a través de la Seremi de Salud exige las BPM (https://www.consultoraserpyme.cl/nuestros-servicios/manual-de-buenas-practicas-de-manufactura/ ), por el contrario, para las medianas y grandes empresas, además de las BPM deben implementar el HACCP (https://www.consultoraserpyme.cl/nuestros-servicios/asesorias-en-sistemas-de-calidad/asesoria-en-haccp/).

IMPORTANTE!: Un aspecto que debe cumplir un local de elaboración de alimentos para mejorar su competitividad, fortalecer la confianza de los clientes y cumplir con la normativa legal en Chile es tener correctamente implementado un Sistema de Control de Calidad Sanitaria basado en las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), debido a que este garantiza la inocuidad y calidad de los productos, reduciendo el riesgo de contaminación y desperdicios (https://www.consultoraserpyme.cl/nuestros-servicios/manual-de-buenas-practicas-de-manufactura/)
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¿Qué acciones evitan la contaminación cruzada con el Staphylococcus aureus en pasteles?

Si no has tomado las medidas para evitar la contaminación con el Staphylococcus aureus de los productos que elaboras,  aumenta la probabilidad que tus clientes se enfermen y existan reclamos reiterativos que puedan afectar el éxito de tu negocio.

¿Qué medidas puedo aplicar para evitar la contaminación por el Staphylococcus aureus y así proteger mi emprendimiento?

  1. Capacitación del personal manipulador: Fomentar el uso correcto de la mascarilla, lavado frecuente de manos y evitar prácticas antihigiénicas durante la manipulación (no rascarse la nariz, el pelo, estornudar sobre los alimentos). Reforzar que, aunque sea incomodo, NO se debe usar la mascarilla sin cubrir la boca y nariz, ya que no cumplirá su función.
  2. Realizar verificación de las buenas prácticas del personal: Si capacitas al personal se disminuyen los riesgos, siempre y cuando éste tome conciencia de ello. Una medida que se recomienda para cumplir con las BPM y verificar que los manipuladores han tomado conciencia de las buenas prácticas durante la manipulación de alimentos LPC es realizar controles microbiológicos de manos.
  3. Mantener refrigerado: Nunca dejar a temperatura ambiente, salvo en los momentos imprescindibles de su manipulación. Debes asegurarte de mantener la cadena de frío, ya que las bajas temperaturas inactivan esta bacteria, no la destruye, solo evita su desarrollo, pero lo más importante impide que produzca la toxina.
  4. Realizar control del proceso: Realizar diariamente el control de la temperatura de los equipos de frío, para asegurar que trabajen a una temperatura inferior a 5°C. Debes tener planillas que te permitan registrar la temperatura y te servirán de evidencia para dar cumplimento a las BPM y además te permitirá analizar el comportamiento de tus equipos de frío.
  5. Rotular correctamente: Indicar en el etiquetado del producto las condiciones de almacenamiento: “Mantener refrigerado a temperaturas de 5°C”.

¿En qué consiste el control microbiológico de manos?

El control de Staphylococcus aureus en las manos de los manipuladores, sirve como un indicador de contaminación. Para ello, se realiza una toma de muestra de la superficie de las manos del manipulador, generalmente con un hisopo estéril y luego este se mantiene a agua peptonada estéril hasta su llegada al laboratorio. Luego, el analista del laboratorio siembra la muestra para incubarla por unas 72 horas y de esta manera poder determinar del Staphylococcus aureus en la superficie de las manos del manipulador de alimentos.

¿Por qué se recomienda realizar este control?

Las Buenas Prácticas de Manufactura recomiendan este control, sin previo aviso del manipulador de alimentos, para poder evaluar si este aplica correctamente las conductas higiénicas durante la manipulación de los alimentos.

En el caso que salga positivo, refleja que el manipulador durante el proceso de decorado de los pasteles se ha sonado, tocado o rascado la nariz, ha estornudado, se ha rascado el pelo o simplemente se ha acomodado la mascarilla estando ésta mojada con saliva. Debe quedar claro que todos pueden sonarse, tomarse o rascarse la nariz, estornudar, acomodarse la mascarilla, pero es fundamental el correcto higienizado de manos después de ello y previo a continuar realizando esta actividad de mayor riesgo de contaminación con la bacteria.

¿Cuál es la frecuencia con la que se debe realizar este control microbiológico?

No existe una frecuencia establecida, ya que la frecuencia la debe establecer el encargado del sistema o emprendedor de acuerdo a los recursos disponibles. En un inicio se recomienda realizar a todos los trabajadores con una frecuencia mensual. Si observas que no hay presencia, es decir, que se refleja los buenos hábitos puedes disminuir la frecuencia.

IMPORTANTE!: Un aspecto que debe cumplir un local de elaboración de alimentos para mejorar su competitividad, fortalecer la confianza de los clientes y cumplir con la normativa legal en Chile es tener correctamente implementado un Sistema de Control de Calidad Sanitaria basado en las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), debido a que este garantiza la inocuidad y calidad de los productos, reduciendo el riesgo de contaminación y desperdicios (https://www.consultoraserpyme.cl/nuestros-servicios/manual-de-buenas-practicas-de-manufactura/)
Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Sanitario de los Alimentos, todo local de elaboración de alimentos que expenda productos alimenticios envasados debe rotularlos con su información nutricional (www.etiquetadonutricional.cl)

¿Quieres cumplir con las Buenas Prácticas de Manufatura (BPM)?

Te recomendamos visitar el siguiente link: https://www.consultoraserpyme.cl/nuestros-servicios/manual-de-buenas-practicas-de-manufactura/

 

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Proceso de conservas artesanales

La forma más conocida para realizar conservas caseras es aplicando la esterilización a Baño María. Esta técnica consiste en sumergir la conserva en una olla con agua, con la finalidad de dejar hervir a 100°C por un tiempo prolongado para asegurar la destrucción de las bacterias que puedan generar enfermedades a los consumidores (bacterias patógenas).

Solo se puede asegurar la eficacia del este método en productos de alta acidez, es decir, en aquellos que presentan un pH inferior a 4,5, como son la mayoría de las frutas y tomates.  También es efectivo para el procesamiento de encurtidos. Por el contrario, NO es efectivo para conserva de hortalizas (espárragos, porotos, etc.), carnes, pescados y mariscos, ya que estos productos presentan pH mayores a 4,5, lo que daría como resultado un producto no apto para consumo.

A continuación, te recomendamos algunas técnicas seguras para la elaboración de conservas de frutas.

  1. Recepción de materia prima: Una vez llegada la fruta a la planta (damasco, membrillo, murta, ciruelas, guindas, cerezas y duraznos) ésta deberá ser procesada lo antes posible, particularmente si se ha recolectado en horas cálidas del día, ya que la fruta madura se deteriora rápidamente permitiendo un desarrollo de hongos. Si la fruta no puede ser procesada el mismo día, deberá almacenarse en un ambiente frío y seco, idealmente entre 10 a 12 °C.
  2. Pesado I: Es importante para calcular los rendimientos, por ello, antes de comenzar pese la fruta que compró para la elaboración de la conserva.
  3. Selección y clasificación: La fruta que se seleccionará para conserva debe ser de buena calidad, sin defectos y no debe estar muy madura, para que pueda soportar todas las operaciones de manipulación y el tratamiento térmico. No conviene usar fruta muy verde ya que genera un producto muy ácido y amargo. Mediante la selección se deberá elimina la fruta deteriorada y se clasificará las materias primas por su tamaño y color, con la finalidad de obtener un producto uniforme. Las frutas que no cumplan con los parámetros de calidad (muy madura, con imperfecciones, etc.) será destinada para elaboración de mermelada o jugo de fruta. Si la fruta presenta hongos deberá eliminarse y en ningún caso podrá utilizarse en el proceso de elaboración de productos alimenticios.
  4. Lavado I: Este lavado tiene la finalidad de eliminar cualquier partícula extraña que pueda estar adherida a la fruta. Se puede realizar el lavado por inmersión, bajo corriente de agua o aspersión.
  5. Desinfectado: Una vez lavada la fruta se recomienda un desinfectado, para lo cual se puede sumergir la fruta sin pelar en una solución de Hipoclorito de Sodio (Clorinda) o cualquier otro desinfectante autorizado para desinfección de frutas y hortalizas utilizando la concentración según las recomendaciones del fabricante. Por ejemplo, para el caso de la Clorinda se debe trabajar entre 0,05 a 0,2%. El tiempo de desinfección no debe ser menor de 15 minutos, ya que así permitirá bajar la carga microbiana inicial de la fruta, sobre toda en aquella fruta a la que no se le retira la piel como es el caso de las cerezas.
  6. Pelado: Cuando corresponda, el pelado se puede realizar de diferentes maneras, dependiendo de las características de la fruta y de la capacidad de la planta. Se puede utilizar pelado manual, mecánico con agua caliente o químico según sea la materia prima.
  7. Trozado: Según corresponda la fruta a procesar, se puede cortar en mitades, cuartos o trozos pequeños, de acuerdo a la presentación que se le desee dar al producto final.
  8. Pesado II: Para calcular el rendimiento de la fruta y poder determinar los frascos a utilizar se debe pesar la fruta real a utilizar en la elaboración de la conserva (sin cáscara, carozo, hojas, etc.). Para calcular la merma (pérdida del proceso) deberá identificar restar fruta útil de la fruta inicial.
  9. Blanqueado o escaldado: se puede llevar a cabo en el mismo jarabe y siempre que la fruta lo requiera o lo resista. Este proceso consiste en someter la fruta a un proceso térmico de 90°C por 3 a 5 min. La finalidad es inactivar las enzimas que producen el pardeamiento enzimático (responsable de color marrón). Además, facilita la manipulación durante el llenado de los frascos y permite aprovechar al máximo el volumen del envase.
  10. Esterilizado de frascos: Previo al envasado, se deben lavar los envases y las tapas que vayan a utilizar. Posterior al lavado se debe esterilizar aplicando agua caliente sobre estos en una olla asegurando que se cubran completamente con el agua, deje hervir por 3 min. Luego apague y deje enfriar en la misma olla hasta lograr una temperatura de 60°C. No seque los frascos, solo debe dejarlos escurrir para eliminar el exceso de agua.
  11. Envasado de la fruta: Los frascos de vidrio se llenan hasta ¾ de su volumen con la fruta trozada previamente escaldada y escurrida.
  12. Preparación del almíbar: El almíbar se obtiene haciendo hervir agua con azúcar durante 5 minutos en una proporción de 500 g de azúcar por 1 litro de agua, es decir, para 1 Kg de azúcar se requiere 2 litros de agua. Basándose en estas proporciones el jarabe final quedará con una concentración de azúcar correspondiente al 30 – 35° Brix. Para asegurar una esterilización que permita eliminar las bacterias patógenas se recomienda adicionar de ácido cítrico, ya que permitirá bajar el pH del almíbar de pH 7,0 a un pH 3,2. para ello se debe utilizar la siguiente proporción: 1 g de ácido cítrico por 1 litro de agua utilizada para formular el almíbar.
  13. Envasado del almíbar: El almíbar se debe agregar en caliente el cual debe distribuirse homogéneamente en el envase, cubriendo totalmente a las frutas con la finalidad que el vapor de agua ocupe el espacio de cabeza (espacio entre el líquido de cobertura y superficie superior del cuello del frasco). Es importante que al llenar se deje 1 cm de distancia hacia la tapa, no más arriba, para evitar una sobre-presión en el interior del envase durante el proceso de esterilización lo que podría generar el rompimiento de los frascos.Una vez agregado el almíbar, se debe sellar de inmediato para evitar condensación de vapor y pérdidas de vacío.
  14. Esterilización de la conserva: Los frascos con fruta, previamente tapados se colocan en recipiente con agua caliente hasta ebullición. Es importante mantener muy juntos y apretados los frascos unos de otros para que no se golpeen o bien separados. Se recomienda hacer hervir por 30 minutos los frascos de 500 g y 45 min los frascos de 1 kg, contados a partir de que se inicia la ebullición, tiempo que dependerá de la dureza de la fruta. Es importante tener en cuenta que durante el enfriamiento el producto final logre una temperatura que oscile entre los 37 y 40ºC, ya que de esta manera, se evita el desarrollo de microorganismos termófilos esporulados que pudieron resistir el tratamiento térmico y que se multiplican en el rango de temperaturas entre 45 y 55 ºC, para ello, se puede acelerar el proceso de enfriado, retirando parte del agua caliente y en reemplazo agregar agua fría, teniendo la precaución que el agua fría no entre en contacto directo con los frascos para evitar un shock térmico.
  15. Etiquetado: Se etiqueta según normativa D.S 977/96 (pronto compartiremos artículos sobre el correcto etiquetado).

¡IMPORTANTE!  Necesitas elaborar la información de tus mermeladas o conservas, entonces te invitamos ver el siguiente video.

Plataforma de Información Nutricional.

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Serpyme - GPRS-DM General SMA

El o los sellos de advertencia se deben ubicar en la cara principal de la etiqueta.

En el caso que la etiqueta del producto sea muy pequeña  (menor a 30 cm2),  no debe llevar sellos de advertencia, Esto se genera debido a que el tamaño del producto es tan pequeño que no permite un etiqueta más visible (de mayor tamaño), como es en el caso de dulces, pero la normativa exige publicar el o los sellos de advertencia «ALTOS EN» en el envase que los contenga y el tamaño de estos sellos va de acuerdo al área de este envase.

Es importante considerar que la dimensión de los sellos de advertencia dependen del área de la cara principal de la etiqueta.

Por lo ello, en el caso que el producto alimenticio envasado tenga que llevar sellos de advertencia, según lo establecido por el Ministerio de salud, a través del Art. 120 bis. D.S 977/96, el o los sellos se deben ubicar en la cara principal de la etiqueta. La cara principal es la cara frontal, es decir, es donde habitualmente se encuentra el nombre y la marca del producto, y es lo primero que ve el consumidor cuando va a comprar el producto.

Si la etiqueta del producto es muy pequeña (entre 30 cm2 y 60 cm2), los sellos se pueden poner en cualquier cara del envase.

Nota: Se sugiere que la ubicación del o los descriptores a rotular, según corresponda, sea en la esquina superior derecha de la cara principal de la etiqueta.

 

Fuente: Art. 120 bis. D.S 977/96.

¡IMPORTANTE!

Recuerda que para poder determinar los sellos de advertencia, primero debes tener la información nutricional de cada uno de tus productos. 

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IMPORTANTE!: Un aspecto que debe cumplir un local de elaboración de alimentos para mejorar su competitividad, fortalecer la confianza de los clientes y cumplir con la normativa legal en Chile es tener correctamente implementado un Sistema de Control de Calidad Sanitaria basado en las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), debido a que este garantiza la inocuidad y calidad de los productos, reduciendo el riesgo de contaminación y desperdicios (https://www.consultoraserpyme.cl/nuestros-servicios/manual-de-buenas-practicas-de-manufactura/)
Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Sanitario de los Alimentos, todo local de elaboración de alimentos que expenda productos alimenticios envasados debe rotularlos con su información nutricional (www.etiquetadonutricional.cl)

El tamaño de los sellos dependerá

La dimensión de los sellos de advertencia dependen del área de la cara principal de la etiqueta

El tamaño de los sellos dependerá del tamaño del área de la cara principal de la etiqueta.

Para calcular el área de la etiqueta o el área de la cara principal de la etiqueta se debe multiplicar el ancho x  alto de la etiqueta y con esto se obtiene el área en cm2 .

De acuerdo al siguiente cuadro se definen las dimensiones de cada sello.

Para calcular el tamaño del área de la cara principal de la etiqueta de frascos o tarros, multiplicamos  pi (3,1416) por diámetro de la etiqueta y por el alto, luego este resultado se divide por 2.

 

En el caso que la etiqueta utilice el largo total del envase, como en el caso de las conservas en tarros, se deberá considerar el valor del largo total del tarro.

Fuente: Art. 120 bis. D.S 977/96.

Recuerda que para poder determinar los sellos de advertencia, primero debes tener la información nutricional de cada uno de tus productos. 

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Sin título

El maní puede causar alergia

El maní puede causar graves alergias a las personas que presentan hipersensibilidad a este alimento (reacción que produce rechazo por el consumo), por ello se clasifica como “ALÉRGENO ALIMENTARIO”.

Para la mayoría de las personas, los alérgenos alimentarios no causan daño, pero para las personas que son alérgicas a sus componentes le pueden generar hipersensibilidad inmediata o de efecto retardado, generando en muchos casos síntomas leves (dolor abdominal, vómitos, urticaria, rinitis), pero en otros, en especial niños, son capaces de provocar hasta la muerte.

De acuerdo a lo anterior, en Chile, el maní ha sido reconocido oficialmente como alérgeno alimentario por Ministerio de Salud (publicado en Diario Oficial el 03/07/2010).

También existen otros alimentos que se consideran alérgenos.  Si quieres ver el listado completo de alérgenos normado para Chile te invitamos a ver la Resolución 427 exenta, en página web de Biblioteca de Congreso Nacional de Chile: http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=1014985

 

Si en tus recetas utilizas el maní como ingrediente. ¿Qué debes hacer para proteger tu negocio y evitar demandas?

La normativa actual (D.S 977/96) exige realizar la declaración de los alérgenos que contienen los alimentos que se venden envasados.

Para cumplir con esta declaración, solo basta que rotules todos los productos que elaboras y consideran en su formulación la incorporación de maní,  de acuerdo a lo establecido en el Artículo 107 Letra H del Reglamento Sanitario De Los Alimentos:

“El o los alérgenos deberán señalarse en la misma lista de ingredientes, con letra de tamaño igual o mayor a las letras de los ingredientes generales, o bajo el título «Contiene…» u otro similar. Si el ingrediente es un derivado de cualquiera de los alérgenos reconocidos por la citada resolución, deberá rotularse el ingrediente y además el alérgeno, como el ejemplo siguiente: caseína (leche) o caseína de leche. 68

Si el producto alimenticio tiene riesgo de contaminarse, desde la producción o elaboración hasta la comercialización, con los citados alérgenos, se deberá incluir a continuación de la lista de ingredientes, cualquiera de las siguientes frases: «Puede contener…», «Contiene pequeñas cantidades de …», «Contiene trazas de …» o «Elaborado en líneas que también procesan….»; indicando el alérgeno de que se trate.” (fuente D.S 977/96)

Por el contrario, si elaboras productos a granel (NO envasados), a la fecha, no existe la obligatoriedad legal de etiquetar estos productos, pero te recomendamos identificar todos aquellos productos que en su formulación contengan maní, puede ser a través de una señalética o con un adhesivo sobre la superficie que lo contiene o simplemente informar que “contiene maní”, así podrás advertir a tus clientes que poseen hipersensibilidad a este alérgeno.

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