Las luminarias son un riesgo de contaminación

La Seremi de Salud prohíbe la instalación de ampolletas y tubos florescentes en las áreas de elaboración, preparación o envasado de alimentos, debido a que éstas pueden estallar y los trozos de vidrio pueden caer sobre los alimentos, generando riesgos de cortes o hemorragias internas a los consumidores.

Por lo anterior, si quieres proteger tu negocio deberás asegurar la elaboración de alimentos inocuos o sanos (libre de contaminantes físicos). Para ello, te recomendamos verificar que las luminarias que están suspendidas sobre el material alimentario en cualquiera de las fases de producción, deben contar con una protección que cubra el tubo o la ampolleta, según corresponda, evitando la contaminación de los alimentos en caso de quiebre o estallido.

En la siguiente imagen podrás observar los tubos fluorescentes permitidos en estas áreas.

También se acepta el uso de luminarias led, siempre y cuando su material sea anti-estallido.

 

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Instalaciones sanitarias

Es una exigencia legal que los lavamanos de los baños del personal de los locales de elaboración de alimentos deben contar agua caliente y fría.

¿Por qué deben contar con agua caliente los lavamanos de los baños del personal manipulador?

El manipulador de alimentos, después orinar o de realizar sus deposiciones, debe lavarse  las manos con  agua caliente y jabón desinfectante, ya que ambos facilitan la remoción efectiva de bacterias fecales que podrían haber quedado en la superficie de las manos. Además, es importante considerar que el agua caliente es más amigable para el trabajador, lo que motiva un lavado de manos efectivo.

Si este lavado es ineficiente, es decir, si se realiza con agua fría y/o sin jabón, aumenta la probabilidad de contaminar los alimentos con bacterias fecales causando diarreas, vómitos y otros malestares o enfermedades más peligrosas a los consumidores o clientes de tu emprendimiento.

¿Qué otro requisito debe tener el agua para el lavado de manos?

El agua utilizada para el lavado de manos, como también el agua destinada para consumo humano o para la preparación de los alimentos, así como también el agua utilizada para la limpieza de los equipos y utensilios debe ser de calidad potable, es decir, debe tener su respectiva Resolución Sanitaria. Con ello, te aseguras que el agua no será un factor de contaminación cruzada. En el caso de la zona urbana puedes acreditar solamente con la boleta del agua de la sanitaria de red pública a la que te encuentres conectado, y en el caso de la zona rural puedes abastecerte de un APR (agua potable rural) o puede ser de un sistema de potabilización propia (agua potable particular).

¿Qué otros requerimiento exige la Seremi de Salud?

Estas instalaciones sanitarias deben de contar con toalla de papel desechable que permita el secado de manos (NO se permite toalla de genero reutilizable). Esta toalla debe mantenerse en un dispensador para evitar que se ensucie o que se humedezca (NO se permite mantenerla sobre el respaldo del WC).

 Además, debe existir un afiche que indique la obligatoriedad del lavado de manos 

y también un instructivo que indica paso a paso el lavado correcto.

Lo ideal, para evitar riesgo de contaminación cruzada, es que el lavamanos tenga acción de pedal o de rodillas, como se observa en el siguiente instructivo:

 

En el caso que no tenga estos sistemas de acción «sin contacto», se deberá realizar el instructivo de lavado de manos que permita evitar la contaminación cruzada al abrir o cerra la llave del agua.

 

Lógicamente, que adicional a todo lo anterior, deberás asegurarte que siempre exista la disponibilidad de papel higiénico y un papelero con su respectiva bolsa, que tenga tapa y que se levante por acción de un pedal.

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El número mínimo de baños

Los baños, donde laboren hombres y mujeres deberán cumplir un número mínimo según lo establecido en el D.S. 594/99 (Art. 22 y 23).

El Art 23 del D.S 594, sobre “Condiciones sanitarias, ambientales y de seguridad básicas en locales de uso público”, hace referencia sobre el mínimo de artefactos que debe tener una empresa según la cantidad de personas que laboren por turno.

En esta tabla podrás apreciar la cantidad de excusados (WC), lavatorios (lavamanos) y duchas con la que deberá cumplir tu empresa según sea la cantidad de personas que trabajen por turno. Si tienes trabajando en un turno a 15 trabajadores (solo varones), deberás considerar: 2 WC, 2 lavamanos y 2 duchas.

fuente tabla: Art. 23 D.S 594/99

Ahora, es importante recordar que en los lugares de trabajo donde laboren hombres y mujeres deberán existir servicios higiénicos independientes y separados por sexo. Entonces, basado en lo anterior, si tienes trabajando en un turno a 15 trabajadores (12 hombres y 3 mujeres), deberás considerar para los varones: 2 WC, 2 lavamanos y 2 duchas, por el contrario, para las damas, deberás considerar: 1 WC, 1 lavamanos y 1 duchas.

En el caso de las micro y pequeñas empresas, en las que laboren un máximo de 10 trabajadores, se podrá tener 1 baño compartido para ambos sexos.

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Baños separados por sexo

En los lugares de trabajo donde laboren hombres y mujeres deberán existir servicios higiénicos independientes y separados por sexo.

En el caso de los lugares de uso público como los restaurantes, debes considerar para los clientes baños separados de los trabajadores. Estos baños también deben estar separados por sexo y además disponer de 1 baño para discapacitados. 

Por lo anterior, te recomendamos que instalar en  las puertas de acceso   señaléticas con imágenes o simplemente indicando: «Hombre» / » Mujer» , «Varones» / «Damas» , «Varones /Mujeres» o «Caballeros» / «Señoritas». 

Es responsabilidad del empleador mantenerlos en buen estado de funcionamiento y limpieza.

Es muy importante que sepas que si existe fuga de aguas residuales (aguas contaminadas) desde el desagüe del WC, es considerado por la Seremi de Salud un factor crítico, generando un causal de clausura de la empresa, hasta que demuestre que ha realizado la mantención adecuada.

  

¿Deben contar con agua caliente las instalaciones sanitarias para el lavado de manos?

Si, ya que es una exigencia legal que los lavamanos de los baños del personal de los locales de elaboración de alimentos deben contar agua caliente y fría.

El manipulador de alimentos, después orinar o de realizar sus deposiciones, debe lavarse  las manos con  agua caliente y jabón desinfectante, ya que ambos facilitan la remoción efectiva de bacterias fecales que podrían haber quedado en la superficie de las manos. Además, es importante considerar que el agua caliente es más amigable para el trabajador, lo que motiva un lavado de manos efectivo.

Si este lavado es ineficiente, es decir, si se realiza con agua fría y/o sin jabón, aumenta la probabilidad de contaminar los alimentos con bacterias fecales causando diarreas, vómitos y otros malestares o enfermedades más peligrosas a los consumidores o clientes de tu emprendimiento.

¿Qué otro requisito debe tener el agua para el lavado de manos?

El agua utilizada para el lavado de manos, como también el agua destinada para consumo humano o para la preparación de los alimentos, así como también el agua utilizada para la limpieza de los equipos y utensilios debe ser de calidad potable, es decir, debe tener su respectiva Resolución Sanitaria. Con ello, te aseguras que el agua no será un factor de contaminación cruzada. En el caso de la zona urbana puedes acreditar solamente con la boleta del agua de la sanitaria de red pública a la que te encuentres conectado, y en el caso de la zona rural puedes abastecerte de un APR (agua potable rural) o puede ser de un sistema de potabilización propia (agua potable particular).

¿Qué otros requerimiento exige la Seremi de Salud?

Además, estas instalaciones sanitarias deben de contar con toalla de papel desechable que permita el secado de manos (NO se permite toalla de genero reutilizable). Esta toalla debe mantenerse en un dispensador para evitar que se ensucie o que se humedezca (NO se permite mantenerla sobre el respaldo del WC).

Lógicamente, que adicional a lo anterior, deberás asegurarte que siempre exista la disponibilidad de papel higiénico y un papelero con su respectiva bolsa, que tenga tapa y que se levante por acción de un pedal.

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manipulacion-de-alimentos-serpyme

Presentación e higiene de los manipuladores de alimentos

Los manipuladores deben mantener una adecuada limpieza personal y usar ropa acorde a sus funciones (Art. 56 D.S. 977/96).

Los manipuladores deben usar delantal o ropa protectora limpia y de color claro, idealmente blanco. Además, deben usar cofia o gorro que cubra la totalidad del cabello y usar mascarilla (cuando manipule alimentos LPC).

No deberán usar objetos de adorno como collares, aros, ni anillos, debiendo mantener las uñas de las manos cortas, limpias y sin barniz.

Adicional a lo anterior, se recomienda no usar perfume o exceso de maquillaje.

El personal que manipule alimentos debe tener capacitación en materia de manipulación higiénica de los alimentos e higiene personal. (Art. 52, 69)

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