El o los sellos de advertencia se deben ubicar en la cara principal de la etiqueta.

En el caso que la etiqueta del producto sea muy pequeña  (menor a 30 cm2),  no debe llevar sellos de advertencia, Esto se genera debido a que el tamaño del producto es tan pequeño que no permite un etiqueta más visible (de mayor tamaño), como es en el caso de dulces, pero la normativa exige publicar el o los sellos de advertencia «ALTOS EN» en el envase que los contenga y el tamaño de estos sellos va de acuerdo al área de este envase.

Es importante considerar que la dimensión de los sellos de advertencia dependen del área de la cara principal de la etiqueta.

Por lo ello, en el caso que el producto alimenticio envasado tenga que llevar sellos de advertencia, según lo establecido por el Ministerio de salud, a través del Art. 120 bis. D.S 977/96, el o los sellos se deben ubicar en la cara principal de la etiqueta. La cara principal es la cara frontal, es decir, es donde habitualmente se encuentra el nombre y la marca del producto, y es lo primero que ve el consumidor cuando va a comprar el producto.

Si la etiqueta del producto es muy pequeña (entre 30 cm2 y 60 cm2), los sellos se pueden poner en cualquier cara del envase.

Nota: Se sugiere que la ubicación del o los descriptores a rotular, según corresponda, sea en la esquina superior derecha de la cara principal de la etiqueta.

 

Fuente: Art. 120 bis. D.S 977/96.

¡IMPORTANTE!

Recuerda que para poder determinar los sellos de advertencia, primero debes tener la información nutricional de cada uno de tus productos. 

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La dimensión de los sellos de advertencia dependen del área de la cara principal de la etiqueta

El tamaño de los sellos dependerá del tamaño del área de la cara principal de la etiqueta.

Para calcular el área de la etiqueta o el área de la cara principal de la etiqueta se debe multiplicar el ancho x  alto de la etiqueta y con esto se obtiene el área en cm2 .

De acuerdo al siguiente cuadro se definen las dimensiones de cada sello.

Para calcular el tamaño del área de la cara principal de la etiqueta de frascos o tarros, multiplicamos  pi (3,1416) por diámetro de la etiqueta y por el alto, luego este resultado se divide por 2.

 

En el caso que la etiqueta utilice el largo total del envase, como en el caso de las conservas en tarros, se deberá considerar el valor del largo total del tarro.

Fuente: Art. 120 bis. D.S 977/96.

Recuerda que para poder determinar los sellos de advertencia, primero debes tener la información nutricional de cada uno de tus productos. 

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